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Leo en un periódico que el Pleno del Tribunal Constitucional de España ha avalado la Ley Integral de Medidas contra Violencia de Género, la cual establece, para el mismo delito, penas más altas para el varón que para la mujer.
Sin embargo, el Artículo 14 de la Constitución Española dice: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
¿Cómo es posible que el Tribunal Constitucional avale una ley que impone una discriminación por razón de sexo, quebrantando así el principio constitucional de igualdad de todos los españoles ante la ley?
Obsequiaré con un ejemplar de El espíritu de las Leyes, de un tal Montesquieu, al primero que me dé una respuesta satisfactoria. Mientras tanto, seguiré haciendo esfuerzos para no morirme de risa.
Max Estrella